Durante la primera semana de Abril de 2012, Grifols despachará 1.000.000UI que se sumarán a 500.000UI enviadas la última semana de marzo -hoy, mientras redacto esta noticia-.
Grifols se adjudicó el abastecimiento de factor VIII para el año completo en una licitación que se había retrasado por errores administrativos en la Cenabast, la que debió ser presentada durante noviembre del 2011, pero en cambio fue publicada recién en Enero de este año. Los laboratorios participantes habían informado sobre el problema que esto produciría al igual que Ismael Espinosa quien, como representante de las personas con hemofilia, en noviembre ya había enviado una queja declarando que el retraso de la licitación traería problemas serios de abastecimiento durante marzo del 2012.
La producción de concentrados es un proceso que requiere de al menos 3 meses, por lo que la licitación debe realizarse con la debida anticipación para permitir a los laboratorios poder importar el producto debidamente. Por ello, y dado el desface en las fechas, Grifols no contaba con el stock a comienzos de marzo, sin embargo, logró importar pequeñas cantidades.
Para mediados de marzo de 2012 se distribuiría 1.000.000UI, pero que por restrasos en la certificación del ISP, esta cantidad sólo podría ser entregada la primera semana de abril. Conscientes de este hecho, durante todo el mes de marzo estuvimos en conversaciones con el laboratorio para que se adelantara una parte que permitiera un respiro en esta emergencia, y finalmente, se sumaron adicionales 500.000UI para esta semana -la última de marzo- que serán entregados a los centros en estado más crítico de abastecimiento y se espera que a mediados de Abril la situación vuelva a la normalidad.
Es importante tener presente que en caso de falta de concentrados en el hospital es un derecho y deber del paciente el hacer un reclamo formal en la O.I.R.S, para dejar una constancia escrita que nos permitirá luego tener el respaldo necesario para exigir una solución. La disponibilidad del tratamiento está garantizado en el Decreto 1 de la GES correspondiente a la patología N° 33.